TE PODRÍA INTERESAR: Denuncian violación de alumna de Vocacional 7 del IPN
Esta reforma al artículo 225 del Código Penal Federal contempla una pena de 4 a 10 años de prisión y una multa de 100 a 150 días al que «por cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la Ley, fotografíe, videograbe, audiograbe, entregue, comparta, revele, envíe, exponga, transmita, difunda, publique, distribuya, comercialice o intercambie imágenes, audios, videos, documentos o información reservada del lugar de los hechos, del hallazgo, o de cualquier material o información relacionada con la investigación penal de una víctima».
TE PODRÍA INTERESAR: Senadores piden sobre regular violencia sexual; Fiscal capitalina solicita no complicar leyes
Cabe mencionar que el castigo aumentará en una tercera parte, si la información que se difunda se refiere a mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad.