Este 22 de junio, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la segunda parte del Plan B de la Reforma Electoral.
Con nueve votos a favor y dos en contra, los ministros señalaron que hubo violaciones graves al proceso legislativo para confeccionar esos cambios legales, que pretendían reestructurar al Instituto Nacional Electoral (INE) y desaparecer miles de plazas.
El pasado 8 de mayo, la Suprema Corte anuló la primera parte del llamado Plan B sobre las leyes generales de Comunicación Social y Responsabilidades Administrativas, con lo que queda invalidada la reforma electoral.
Con mayoría de 9 votos, #LaCorte invalida por violaciones graves al procedimiento legislativo el 2do decreto de las reformas político-electorales que modifica tres Leyes Generales y una Ley Orgánica.
— Suprema Corte (@SCJN) June 22, 2023
Se cometieron graves violaciones
La sentencia, elaborada por el ministro Javier Laynez señala que se cometieron graves violaciones al proceso legislativo en la confección de esas leyes, como que se votó un dictamen diferente al que originalmente se circuló.
Entre los argumentos para la anulación es que todas las violaciones acreditadas al analizarse la primera parte de este paquete de reformas se actualizan en este caso, por la simple razón de que ambos decretos compartieron el mismo proceso legislativo.
La Cámara de Diputados jamás expuso razones para justificar el trámite urgente de las iniciativas.
Los legisladores no tuvieron oportunidad de conocer las propuestas porque no se publicaron ni se distribuyeron con la anticipación exigida por el Reglamento de la Cámara de Diputados.
Tampoco gozaron de un plazo razonable para conocer lo que estaban votando, pues en total se trataba de reformas a más de 500 disposiciones que nunca fueron dictaminadas, que presentaron en el momento de iniciar la sesión y que se aprobaron en tan solo cuatro horas.
Plan B
En la segunda parte del Plan B se hallaron violaciones adicionales graves al proceso legislativo que no habían sido planteadas en el asunto anterior, como que la iniciativa, publicada en la Gaceta Parlamentaria, fue sustituida por una versión modificada cuando ya se discutía en el pleno de la Cámara de Diputados, sin que se diera cuenta de la sustitución ni de las modificaciones a los legisladores.
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