El académico explicó que los corredores ecológicos jurídicamente pueden concretarse dentro de la Ley de Cambio Climático del Estado de Campeche, a pesar de que falta el reglamento que está por concluir la Secretaría de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambio Climático y Energía (Semabicce) y el área jurídica del Gobierno del Estado.
Te puede interesar: Acusan ejidatarios campechanos invasión menonita en sus tierras
Hidalgo Mihart señaló que esto propició el retraso para que puedan declarar las nuevas áreas de conservación denominadas Corredores Biológicos, y puntualizó “que no es un área natural protegida, son áreas de uso mixto en los cuales los propietarios pueden hacer muchas cosas”.
Detalló que los ejidatarios pueden mantener evidentemente la propiedad de su tierra junto con las áreas en donde los animales pueden transitar, como lo que sucede actualmente entre las áreas estatales de Balam Ku y Balam Ki, para que lleguen al área federal de Laguna de Términos.
El corredor biológico Balam Beh comprendería los municipios de Calakmul (donde están las áreas protegidas estatales de Balam Ku y Balam Ki), Escárcega, Champotón y Carmen.
Explicó que sobre las áreas destinadas voluntariamente a la conservación, los propietarios ya sean ejidatarios o particulares, pueden tomar la decisión de otorgar parte de sus terrenos a esta denominación, ya sea por espacios de 15, 20, 30 o 50 años.
Así mismo, el propietario decide si destina como conservación voluntaria 100, 200 o 300 hectáreas y la otra parte del terreno lo ocupa para otra cosa. Aunque debe hacer la declaración ante el Gobierno Federal.