El juez Emmet Sullivan concedió cinco semanas al gobierno del presidente de Estados Unidos, Joe Biden, para prepararse ante la sentencia que impide aplicar una norma de salud pública para bloquear la entrada de migrantes que solicitan asilo en la frontera con México.
Sullivan aclaró que accede con “mucha renuencia” al pedido del gobierno de EU para aplicar durante ese tiempo el llamado Título 42, para poder prepararse frente a una temida avalancha de migrantes, en su inmensa mayoría latinoamericanos.
Previamente, el juez estadounidense dictaminó que el Título 42, aplicado por su predecesor Donald Trump en 2020 como medida contra Covid-19, se usó contra los migrantes de manera “arbitraria y caprichosa”, hecho que no debía pasar de nuevo.
En ese fallo también aseguró que aceptaría solicitudes de suspensión o demora temporal, lo que significaba que los funcionarios fronterizos debían comenzar a aceptar de inmediato a muchos de los miles que cruzan la frontera a diario en busca de asilo, pero el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) solicitó un aplazamiento para preparar la transición.
“Este período de transición es fundamental para garantizar que el DHS pueda continuar llevando a cabo su misión de proteger las fronteras de la nación y realizar sus operaciones fronterizas de manera ordenada”, escribió Sullivan.
Después de constatar la aplicación errónea del Título 42, concedió la suspensión “con mucha renuencia” e indicó que no permanecerá vigente para ninguna apelación de su fallo judicial ante un tribunal superior. La sentencia del martes entrará en vigor el 21 de diciembre a medianoche, señaló Sullivan.
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En un comunicado, el DHS dijo que aún aplicará el Título 42 a las familias y los adultos solteros que cruzan la frontera con México.
¿Qué es el Título 42?
Es el nombre coloquial con el que se conoce a la medida de salud invocada en 1893, cuando EU trató de frenar los contagios de cólera y fiebre amarilla. En marzo de 2020, Donald Trump instituyó la norma de nuevo ante la pandemia de Covid-19.
El Título 42 permite la expulsión inmediata de cualquier extranjero o no residente que trate de entrar al país sin una visa. No hay un proceso legal o una deportación formal hacia el país de origen, y un agente fronterizo puede hacerlo sin un proceso de entrevista que se requiere normalmente.
Con información de 24 Horas Nacional
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